Los productos sanitarios huérfanos en Europa: barreras regulatorias actuales y vías de solución bajo el MDR y la guía MDCG 2024-10

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Raquel Marcos, Anika Berndt, Fernando Muñoz y Florian Tolkmitt. PRO-LIANCE GLOBAL SOLUTIONS GmbH.

Los productos sanitarios huérfanos en Europa: barreras regulatorias actuales y vías de solución bajo el MDR y la guía MDCG 2024-10

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Los productos sanitarios huérfanos son imprescindibles para abordar necesidades clínicas no cubiertas relacionadas con el diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades raras, entendidas como aquellas que afectan a menos de 12.000 pacientes al año en la Unión Europea (UE), o están dirigidos a subpoblaciones muy específicas dentro de patologías más amplias.

Sin embargo, los fabricantes de estos productos se enfrentan a importantes barreras clínicas, legislativas y regulatorias que dificultan su entrada en el mercado, complican su evaluación y, en última instancia, limitan su disponibilidad para los pacientes que los necesitan.

Un marco regulatorio exigente en Europa
A diferencia de los medicamentos huérfanos, el Reglamento (UE) 2017/745 de Productos Sanitarios (MDR) no contempla legalmente la categoría de “producto sanitario huérfano”. Esto implica que la designación como producto huérfano no conlleva beneficios regulatorios específicos, como la exclusividad de mercado o procedimientos de evaluación adaptados, que sí existen en el ámbito de los medicamentos huérfanos. La ausencia de exclusividad implica una mayor competencia en áreas ya limitadas por la baja prevalencia de las enfermedades raras, ya que varios fabricantes pueden obtener la certificación para productos destinados a la misma indicación.

Además, los requisitos de evaluación clínica y certificación son, en esencia, los mismos que para el resto de los productos sanitarios, lo que puede resultar especialmente problemático en contextos donde:

- la población disponible es extremadamente pequeña (enfermedades raras que afectan a menos de 12.000 personas al año en la UE),

- la evidencia clínica es limitada debido a la escasez de sujetos de estudio o de financiación, y

- los costes asociados a la generación de datos recaen principalmente sobre pequeñas y medianas empresas innovadoras, que a menudo enfrentan importantes restricciones presupuestarias.

La compleja obtención de evidencia clínica
El MDR exige tener una evidencia clínica sólida, basada en principios metodológicos estrictos. Sin embargo, en el ámbito de las enfermedades raras, los ensayos clínicos controlados y aleatorizados suelen ser inviables debido al número limitado de pacientes y a la dispersión geográfica de los casos.

La guía MDCG 2024-10 propone la estrategia de la “evidencia mosaico”, término que hace referencia a una estrategia integrada y flexible para reunir distintas fuentes de información heterogéneas con el objetivo de construir una base de evidencia clínica coherente y proporcional al contexto clínico específico de una enfermedad rara. Entre las principales fuentes se incluyen:

- Datos epidemiológicos que proceden de Orphanet, EUROCAT, ERDRI, WHO GHO/GBD, registros nacionales y literatura científica.

- Datos clínicos y preclínicos alternativos, como estudios observacionales, series de casos, datos del mundo real (RWD/RWE), modelos preclínicos, simulaciones y opiniones de expertos.

- Datos poscomercialización y experiencia previa. Si existen productos similares, se pueden usar datos de vigilancia, poscomercialización o literatura publicada para reforzar la justificación

Esta combinación permite justificar razonablemente el balance beneficio-riesgo, adaptándolo a la alta necesidad médica y al contexto de evidencia limitada que caracteriza a estos pacientes.

Los organismos notificados mantienen su papel central en la certificación, verificando la justificación del estatus huérfano, la calidad y la consistencia de la evidencia mosaico, así como la solidez del análisis beneficio-riesgo. Además, suelen exigir planes de seguimiento poscomercialización (PMCF) más estrictos, dada la escasez de datos pre-mercado.

Por su parte, los paneles de expertos ofrecen asesoramiento voluntario, tanto en fases tempranas como tardías del desarrollo, contribuyendo a validar estrategias de evidencia, revisar la necesidad clínica, y optimizar la toma de decisiones regulatorias. No obstante, la falta de obligatoriedad de este proceso puede dar lugar a interpretaciones dispares entre organismos notificados y crea incertidumbre para los fabricantes.

Comparativa internacional: la UE rezagada frente a EE.UU.
Mientras que Europa aún depende de directrices no vinculantes, Estados Unidos dispone desde hace décadas de un marco regulatorio específico: el Humanitarian Device Exemption (HDE). Este marco está establecido por ley y define de forma precisa los criterios de elegibilidad, ofreciendo además vías de acceso más ágiles y un registro público de productos autorizados.

La ausencia de un mecanismo equivalente en Europa se traduce en retrasos en el acceso al mercado, mayores costes para los fabricantes y una menor previsibilidad regulatoria, lo que en última instancia limita la disponibilidad de estos productos para los pacientes con necesidades médicas no cubiertas.

El resultado es un desincentivo a la innovación en sectores ya frágiles. Para garantizar que los pacientes con enfermedades raras no queden desatendidos, se propone las siguientes medidas:

* Integrar formalmente la definición de productos sanitarios huérfano dentro del MDR.

* Crear una base de datos europea específica, análoga al programa HDE estadounidense.

* Financiar ensayos multinacionales mediante iniciativas como Horizon Europe.

* Establecer asesoramiento regulatorio y apoyo económico específico para pymes innovadoras.

* Definir criterios claros para la aceptación de la evidencia mosaico y los planes de seguimiento clínico poscomercialización (PMCF).

Conclusiones
Los productos sanitarios huérfanos son fundamentales para mejorar la calidad de vida de miles de pacientes con necesidades médicas no cubiertas en Europa. El actual marco regulatorio del MDR, aunque firmemente orientado a la seguridad de los pacientes, no está plenamente adaptado a las particularidades de las enfermedades raras.

Resulta urgente implementar ajustes normativos y estratégicos que permitan equilibrar la protección del paciente con la viabilidad real del desarrollo y la comercialización de tecnologías sanitarias innovadoras en este ámbito. Solo así se podrá garantizar un acceso seguro, sostenible y equitativo a soluciones diagnósticas y terapéuticas para quienes más las necesitan.

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